Condición de Servicio Público para proteger a los usuarios

21/10/2010

Por Carlos Heller especial para La Gran Capital (La Plata)

La Ley de Servicios Financieros para el desarrollo Económico y Social es un proyecto que se propone centrar la regulación financiera según las necesidades de los usuarios.

El proyecto establece que la actividad financiera es un servicio público, puesto que tiene todas las características que lo definen en este sentido.

Ello no implica que no pueda ser prestado por entidades lucrativas, pero bajo determinadas orientaciones para que la actividad tenga un impacto positivo en la economía.

Se propone generar la democratización de los servicios financieros, para que alcancen potencialmente a todos los habitantes según sus necesidades y características. Se encomienda al Banco Central establecer un listado de “servicios esenciales”, dirigidos hacia los sectores de menores ingresos de la población, con un nivel acotado de comisiones. Para favorecer la presentación de servicios en el interior del país, entre otras medidas, se crea un fondo compensador que administrará el Banco Central, para distribuir proporcionalmente entre las entidades de utilidad pública.

Para democratizar el crédito, se establecen porcentajes mínimos de cartera que las entidades financieras deben dedicar a los préstamos hipotecarios para la vivienda y a las micro, pequeñas y medianas empresas, que tienen un escaso acceso al financiamiento. Para mejorar el crédito a este sector, se establece una tasa máxima vinculada con la tasa d mercado para el segmento de las micro y pequeñas empresas, ya que son los sectores más desprotegidos y los que afrontan los mayores costos.

Los nostálgicos de los noventa se oponen fervientemente a declarar a la actividad financiera como servicio publico tal como propone nuestro proyecto, o la orientación del crédito hacia las PYMES. Tampoco aceptan el establecimiento de una porción máxima que los bancos pueden cobrar por sobre la tasa de mercado para micro y pequeñas empresas. Desconocen gran cantidad de ejemplos de otros países que regulan las tasas de interés, en algunos casos a través de la normativa financiera, en otros casos a través de leyes contra la usura.

Algunos críticos han expresado que esta norma generará la ausencia de crédito a muchas empresas pequeñas por no poder cobrar tasas más altas acordes a su riesgo. Pero la realidad demuestra que la tesis que sostiene que las PYMES poseen mayor riesgo es errónea. Entre otros ejemplos, luego de la crisis financiera desatada en nuestro país a fines de 2001, las PYMES han reducido sus niveles de mora más rápidamente que las grandes empresas.

Se han encontrado coincidencias con otros proyectos en aspectos como la defensa del usuario financiero, pero que sólo alcanzan a exigir un servicio d atención de reclamos en los bancos manejado discrecionalmente por las entidades.

Nuestro proyecto va mas allá, con una Defensoría del Usuario Financiero en el Banco Central que, entre otras funciones, establezca una normativa uniforme por la cual los bancos deberán gestionar sus departamentos de atención a usuarios.

Mientras algunos intentan incorporar gran cantidad de parches a la actual ley, sin cambiar su espíritu, nosotros queremos derogar la ley de la dictadura que des-reguló ferozmente el sistema financiero, sancionando una ley protectiva de los usuarios, que resulta una imperiosa necesidad.

* Diputado Nacional por el Bloque Nuevo encuentro Popular y Solidario.